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Normativa de patrimonio mínimo: Todo lo que necesitas saber

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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha dado a conocer una importante actualización en los requisitos que rigen el patrimonio mínimo, las garantías, el endeudamiento y la liquidez de los Intermediarios de Valores y Corredores de Bolsa de Productos. Esta normativa, que entrará en vigor el 1 de marzo de 2027, se deriva de una revisión exhaustiva que incluyó procesos de consulta pública y busca adaptar el marco regulatorio a los estándares internacionales mediante la incorporación de un enfoque basado en activos ponderados por riesgo. Esta metodología permitirá una alineación más precisa de los requerimientos de capital con los riesgos específicos que asumen las entidades en su operativa diaria, mejorando así la estabilidad del sistema financiero.

Los aspectos más significativos de esta nueva regulación incluyen la definición del patrimonio mínimo, que ahora deberá ser el mayor valor entre UF 5.000 o el 3% de los Activos Ponderados por Riesgo (APR). Además, las entidades estarán obligadas a constituir una garantía legal de UF 6.000, garantizando el cumplimiento de sus obligaciones. Estas modificaciones responden a la necesidad de contar con un sistema más robusto que capte adecuadamente el nivel de riesgo asumido por las entidades, asegurando una mayor protección a los inversionistas y al sistema financiero en su conjunto.

Otro elemento clave de la normativa es la conceptualización del patrimonio ajustado, que se refiere al patrimonio contable deducido de activos que no tienen capacidad inmediata de absorber pérdidas, como intangibles e impuestos diferidos. Esto busca proporcionar una visión más clara del verdadero capital disponible para cubrir riesgos. Además, la normativa establece una metodología detallada para el cálculo de APR, que abarcará riesgos de mercado, crédito, operacional y criptoactivos, fomentando una gestión más estratégica de los riesgos asociados a las inversiones.

En cuanto a los índices prudenciales, la nueva normativa mantiene el índice de liquidez general y la razón de endeudamiento establecidos en la anterior Norma de Carácter General (NCG) N°18, mientras que se eliminan índices de liquidez por intermediación y la cobertura patrimonial, integrando sus componentes en la metodología APR. La CMF también ha indicado que los requisitos prudenciales podrán ser ajustados al alza en función de las deficiencias detectadas en la gestión de riesgos de las entidades, permitiendo incrementar el requisito de patrimonio mínimo hasta un 6% de los APR en caso de ser necesario.

Finalmente, esta normativa no solo deroga regulaciones anteriores, sino que también incluye procedimientos para la transmisión de información relativa a los nuevos requisitos que entrarán en vigencia. Con la emisión de instrucciones complementarias, se pretende garantizar que todos los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos se adapten correctamente a las nuevas exigencias. La CMF ha puesto a disposición pública la normativa en su sitio web institucional, junto con un Informe Normativo que resume sus principales contenidos y realiza una evaluación de impacto, asegurando así la transparencia y claridad en el proceso de implementación.